Sección 504 - Programa de becas para necesidades especiales
SECCIÓN 504
La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 establece que ningún estudiante calificado con un impedimento físico o mental que limite sustancialmente una o más actividades importantes de la vida puede ser excluido de participar en, negársele los beneficios de, o ser objeto de discriminación en cualquier programa o actividad ofrecida por el Distrito Escolar. La Sección 504 abarca tanto a niños como a adultos, y se aplica a los programas que reciben cualquier cantidad de ayuda financiera federal.
El plan de la Sección 504 establece las adaptaciones y los servicios que el equipo de la Sección 504 considera apropiados para facilitar al alumno el acceso a su educación. Las decisiones sobre si un alumno tiene una discapacidad física o mental que limita sustancialmente una actividad vital importante deben tomarse caso por caso.
Puede encontrar información adicional sobre la Sección 504 en el sitio web del Departamento de Educación de Georgia.
Programa de becas para necesidades especiales
Durante la sesión legislativa de 2021, el proyecto de ley 47 del Senado (SB47) fue aprobado y posteriormente convertido en ley. Este proyecto de ley introdujo cambios significativos en el programa de Becas para Necesidades Especiales de Georgia. Anteriormente, este programa solo permitía que los estudiantes de escuelas públicas con un Plan de Educación Individualizado (IEP) recibieran una beca, utilizando fondos estatales que se habrían proporcionado al sistema escolar local, para utilizarlos en la matrícula de una escuela privada participante. Uno de los principales cambios promulgados en SB47 introdujo una nueva disposición de calificación para el programa que permite a los estudiantes que tenían un plan 504, bajo ciertas condiciones, para calificar para recibir una beca a través de este programa estatal a partir del año escolar 2021-2022.
En el sitio web del Departamento de Educación de Georgia.